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viernes, 17 de junio de 2011

PRECONTINGENCIA AMBIENTAL




¿Qué sucede en caso de ocurrir una precontingencia ambiental?

Al día siguiente de la declaratoria de Pre contingencia Ambiental Atmosférica por Ozono, dejarán de circular todos los vehículos de uso particular matriculados con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas distintas al Estado de México y Distrito Federal, que no porten el holograma de verificación vehicular “Doble Cero” o “Cero” de las 05:00 a 11:00 a.m. conforme a lo dispuesto en el anuncio de la declaratoria de Pre contingencia Ambiental Atmosférica.


¿Si no cumplo con la medida quién me puede detener?

La policía del D.F., estatal o municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, remitirá al depósito vehicular a dichos vehículos con la multa correspondiente.


¿A cuánto asciende la multa?

La sanción por no cumplir con esta disposición en el Estado de México es 30 días de salario mínimo y de 20 en el D.F. además de los costos del arrastre y piso derivados del envío del vehículo a un depósito vehicular, en el que permanecerá hasta que concluya el horario de la restricción.
 

Vehículos exentos de estas medidas:
 
·         Con holograma “0” y “00”

·         Servicios de Emergencia

·         (Ambulancias, bomberos, protección civil, seguridad pública, etc.)

·         Cortejos fúnebres en servicio

·         Que transporten personas discapacitadas

·         Con emergencias médicas

·         Transporte escolar acreditado



MAYORES INFORMES:

Para el área metropolitana:
Teléfonos: (55) 5278-9931, Locatel: 5658-1111, Ecotel: 01800 2320835
hoynocircula@sma.df.gob.mx, sma@edomex.gob.mx.
www.sma.df.gob.mx, www.edomexico.gob.mx

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